BAUTIZOS
¿QUE ES EL BAUTISMO?
- El bautismo es un sacramento: Un signo visible -el agua y las palabras del celebrante - que es signo a la vez de otra realidad invisible pero real: el amos y la salvación de Dios.
- El bautismo en el primer sacramento: Por él nos abren las puertas de la vida cristiana y entramos a formar parte de la Iglesia, la comunidad de los seguidores de Jesucristo.
- Por el bautismo nos reconocemos hijos de Dios: Todos los hombres y mujeres somos hijos de Dios, creados a su imagen y semejanza. Por el bautismo se nos reconoce esa condición de hijos de Dios, lo mismo que Jesús fuer reconocido hijo de Dios en su bautismo.
- El bautismo nos une a Jesucristo, nos hace hermanos suyos, nos hace cristianos y nos hace participar de su misterio pascual: morimos con Él, somos sepultados con Él y resucitamos con Él.Con Él pasamos de la muerte del pecado a su vida sin fin.
- El bautismo nos da el Espiritu Santo, que es la luz que nos ilumina, la gracia que nos renueva, la fuerza que nos empuja a vivir el Evangelio y a amar a todo los hombres.
Al menos uno de los padres debe ser católico.
- Se exige que haya un padrino o
una madrina, o un padrino y una madrina:
- Canon 872: En la medida de lo
posible, a quien va a recibir el bautismo se le ha de dar un padrino,
cuya función es asistir en su iniciación cristiana al adulto que se
bautiza, y, juntamente con los padres, presentar al niño que va a recibir
el bautismo y procurar que después lleve una vida cristiana congruente
con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo.
- Canon 873: Téngase un solo
padrino o una sola madrina, o uno y una.
- Requisitos para ser admitido
como padrino:
- Canon 874 § 1: Para que
alguien sea admitido como padrino, es necesario que:
- 1º. haya sido elegido por
quien va a bautizarse o por sus padres o por quienes ocupan su lugar o,
faltando éstos, por el párroco o ministro; y que tenga capacidad para
esta misión e intención de desempeñarla;
- 2º. haya cumplido dieciséis
años, a no ser que el Obispo diocesano establezca otra edad, o que, por
justa causa, el párroco o el ministro consideren admisible una
excepción;
- 3º. sea católico, esté
confirmado, haya recibido ya el Santísimo Sacramento de la Eucaristía y
lleve, al mismo tiempo, una vida congruente con la fe y con la misión
que va a asumir;
- 4º. no esté afectado por una
pena canónica, legítimamente impuesta o declarada;
- 5º. no sea el padre o la
madre de quien se ha de bautizar.
¿Qué tengo que
hacer para bautizar a mi hijo?
- Para contactar con nosotros
puedes pasar en horario por el despacho parroquial, llamar por teléfono o
enviarnos un mail.
- La preparación al bautismo es
personalizada por medio del encuentro catequético que dispondrá a la
familia para la celebración del sacramento.
- Puedes consultar los datos de
contacto de la parroquia

